Milagro Sala: el Ministerio de Justicia informó la viabilidad de un indulto o la conmutación de pena
“Es menester la urgente decisión presidencial”
La Dirección Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia informó de manera oficial sobre la viabilidad de un indulto presidencial o conmutación de pena para Milagro Sala. Así lo hizo la titular de esa dependencia del ministerio de Justicia, Gabriela Carpineti, en un documento elevado al ministro Martín Soria.
En el texto, se remarca la “persecución política en Jujuy” y, en particular, sobre Sala. El objetivo del documento es dar información precisa sobre una conmutación de pena o indulto para la dirigente social, una de cuyas sentencias, a 13 años de cárcel por el caso “Pibes Villeros”, fue ratificada la semana pasada por la Corte Suprema de Justicia.
Carpineti subrayó que “no caben dudas de que el ‘Caso Milagro Sala’ es cuestión federal”, aun cuando los hechos imputados se “hayan tramitado en la justicia provincial, dado que las cuestiones que se impugnan constitucional y convencionalmente no son los hechos por los cuales se la juzga a ella, sino los cometidos por sus juzgadores y persecutores”.
Además, y en base a “los tormentos que tienen por víctima a Milagro Sala por motivos políticos” y el “agravamiento de las condiciones de salud”, se asegura que “es menester la urgente decisión presidencial” sobre el caso, dado que de este modo “se evitará así una nueva condena al Estado Argentino por violaciones a los derechos humanos”. Este señalamiento va en consonancia con el pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el agravamiento del estado de salud de Sala por la persecución judicial.
“La magnitud del castigo que ha sufrido Milagro Sala no puede medirse exclusivamente en términos cuantitativos (…) sino también en su intensidad; en la cantidad y calidad de bienes jurídicos distintos de la libertad que ha afectado; en las personas distintas del ámbito cercano y personal del imputado sobre las que ha recaído, violándose con ella la prohibición de trascendencia de la pena”; se lee en otro pasaje.
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